sábado, 26 de abril de 2014

POR QUE NO SE DEBE FIRMAR LA CONVENCIÓN DEL MAR - CONVEMAR



CONSTITUCION POLITICA DEL PERU
Artículo 54.- Territorio, Soberanía y Jurisdicción
El territorio del Estado es inalienable e inviolable. Comprende el suelo, el subsuelo, el dominio marítimo, y el espacio aéreo que los cubre.
El dominio marítimo del Estado comprende el mar adyacente a sus costas, así como su lecho y subsuelo, hasta la distancia de doscientas millas marinas medidas desde las líneas de base que establece la ley.
En su dominio marítimo, el Estado ejerce soberanía y jurisdicción, sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional, de acuerdo con la ley y con los tratados ratificados por el Estado.

El Estado ejerce soberanía y jurisdicción sobre el espacio aéreo que cubre su territorio y el mar adyacente hasta el límite de las doscientas millas, sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional, de conformidad con la ley y con los tratados ratificados por el Estado.


Tenemos que Limpiar el PERÚ de Tanto Político Ladrón y Zángano que nos Roba y Desangra el Porvenir de La Patria.

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